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Seguridad social para empleadas domésticas por días: qué exige la Ley 2466 de 2025

Si contratas a alguien por días u horas para servicio doméstico —limpieza, cuidado de niños, de adultos mayores— la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) cambió las reglas que aplican desde julio de 2026.

Qué cambió exactamente

La reforma laboral se aplica por etapas. Desde el 15 de julio de 2026 entró en vigencia la parte que afecta directamente al trabajo doméstico por días:

  • El contrato debe quedar por escrito, aunque sea por horas o días sueltos.
  • La persona empleada debe quedar registrada en la planilla PILA, como cualquier otro trabajador dependiente.
  • Aplican también los cambios generales de la reforma: jornada máxima de 42 horas semanales y recargo dominical del 90%.

Antes, mucho de este trabajo se pagaba de manera informal, sin contrato ni aportes. Eso ya no cumple con la norma.

Quién es responsable de pagar

Si contratas servicio doméstico por días de forma habitual, tú eres el empleador frente a seguridad social, aunque sea unas horas a la semana. Eso significa:

  • Afiliarla a EPS, pensión y ARL por el tiempo trabajado.
  • Liquidar los aportes proporcionalmente a los días u horas efectivamente laboradas.
  • Presentar la planilla PILA cada mes con esos datos.

No hacerlo no es un vacío legal: es un incumplimiento que puede generar sanciones del Ministerio del Trabajo, además de dejar a la trabajadora sin cobertura de salud o riesgos laborales si algo pasa durante la jornada.

Por qué esto importa más de lo que parece

Es un cambio que muchos hogares y pequeños negocios todavía no conocen. Si empleas a alguien por días —aseo, niñera, cuidado de personas mayores— y hoy no tiene contrato ni PILA, estás expuesto sin saberlo. Y si eres tú quien trabaja por días, tienes derecho a exigir que te afilien: es lo que te protege si te accidentas o te enfermas.

Cómo ponerte al día

  1. Formaliza el contrato por escrito, con días u horas pactadas.
  2. Calcula el aporte proporcional a lo trabajado (una jornada parcial no cotiza sobre un salario mínimo completo).
  3. Regístrala en PILA como trabajadora dependiente.

Nosotros gestionamos la afiliación y la planilla mensual de trabajadoras domésticas por días, para que el hogar o el negocio no tenga que aprenderse la norma. Escríbenos y te dejamos el trámite resuelto.

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